La medida se tomó tras las numerosas quejas recibidas de diversas empresas importadoras. Y es que en España todo producto que contenga ingredientes procedentes de plantas que no figuren en la lista que el Ministerio elaboró en su día (1973), se clasifican automáticamente como medicamentos...
Estos productos se comercializan legalmente en cualquier país de la comunidad europea como suplementos dietéticos a excepción de España.
A juicio de Bruselas, las disposiciones españolas constituyen una barrera injustificada y desproporcionada al libre movimiento de bienes en el mercado interior comunitario.